Anuncio publicitario, personal o político, realizada sobre una banda de tela que cruza por lo alto una calle.
Largas y amplias franjas de tela extendida de acera o acera entre dos árboles o dos postes de luz las pasacalles conformaban también el particular paisaje de las calles de Buenos Aires.
Desde publicidad de empresas, expresiones artísticas, avisos políticos, y mensajes personales como “Feliz cumpleaños, Fernando” hasta apelativos para lograr la ciudadanía española o italiana, aparecen escritos en estos carteles.
En algunos casos obstruyen los semáforos o se desploman sobre los transeúntes llegando a arrastrar consigo cables eléctricos o de teléfono. Por estas razones desde 1996 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires efectivizó la prohibición de esta modalidad de publicidad callejera limitándola solo a la propaganda política durante periodos electorales. Norma que no siempre se cumple.
Buenos Aires Ciudad Secreta – Germinal Nogués – Editorial Sudamericana – 2003
Ratificación de la Prohibición de 1996
RESOLUCIÓN 706 2016 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
ANEXO – RESOLUCIÓN N° 706/MAYEPGC/16
TITULO III
DE LAS PROHIBICIONES
Art. 9°.-Se prohíbe el despacho de alimentos y bebidas en general, como así también la venta de bebidas alcohólicas y la reventa de productos comerciales, artesanales y/o industriales en los espacios públicos cedidos para su uso.
Art. 10°.- Queda prohibida la instalación de pasacalles, pancartas u objetos similares, en columnas de alumbrados, arbolados y en todo el ámbito del espacio verde cuyo uso precario fue autorizado en plazoletas, parques, paseos, boulevares y terrenos públicos, en virtud de lo establecido mediante Ley N° 2936.
Art. 11°.- En ningún caso se podrá obstruir las aceras en el tramo comprendido por las líneas imaginarias perpendiculares al cordón que pasa por el vértice las ochavas, es decir, dentro del denominado polígono de seguridad vial.