¿A caballo o de caballo? Lo cierto es que, con gramática o sin ella, los tranvías de caballo existieron en Buenos Aires desde 1820. Fueron prácticamente contemporáneos de la ida de Martin Fierro (1872) u de Juan Moreyra.
¿De dónde procedían estos entonces novedosos y cuestionados medios de transporte? De América del Norte o de Inglaterra. Se mostraban al público en dos versiones, igualmente cuestionadas: la jardinera y la popularmente denominada cucaracha. La jardinera era un descubrimiento y ventilado tranvía, de largos bancos y cortinitas en las ventanas para defensa de los rayos solares. La cucaracha era cerrada, casi funeraria.
En tramway tuvo, al comienzo, porfiados detractores. Se sostenía que la trepidación de su paso pondría en peligro la propia edificación en las calles por donde debía transitar. Se suponía que en cada esquina aguardaba el previsible accidente. No pocos se santiguaban al paso del armatoste.
Un interesante grabado de la calle Florida en 1890 documenta que poco antes de ese año los tranvías de caballo atravesaban airosamente esa calle, luciente vidriera del elegante Buenos Aires de ayer.
El 9 de octubre de 1888 se dictó, por ordenanza municipal, una “reglamentación de los tramways en circulación”. Disponía, entre otros términos: “Cada carruaje de tramways será tirado por dos caballos, exceptuando en los parajes donde la rampa sea mayor de tres por ciento, o en las curvas, en cuyo caso podrá agregarse uno más. Los carruajes de tramways circularan con una velocidad no mayor de 10 kilómetros por hora o al trote natural de los caballos. Las bocacalles serán cruzadas al paso. Los carruajes no podrán detenerse en el centro de las bocacalles. No podrán detenerse los carruajes de tramways en la vía pública por más de cinco minutos, salvo el caso de fuerza mayor.”
“Es prohibido a los carruajes de tramways atar caballos que no sean mansos y adiestrados al tiro. Siempre que en el trayecto recorrido por la vía haya concurrencia de personas o vehículos, será obligación del cochero detener del todo la marcha del carruaje e ir al paso de los caballos hasta que cese el impedimento”.
“Es prohibido que los trmways circulen de vuelta encontrada por la misma vía, a no ser que tengan desvío o doble vía, donde el ancho de la calle permite establecerlo. Es prohibido dejar sobre la vía caballos u otros animales maneados”.
“Todo coche de tramways debe seguir su curso hasta el fin de circuito, con sujeción a su tablilla, aunque no tenga pasajero algún adentro, salvo el caso de estar interrumpido el tránsito o inutilizado el coche. Los conductores de los tramways están obligados a detener los coches cuando lo reclame el pasajero para subir i bajar, siempre que hay lugar para los que desean subir”
“Los cocheros y mayorales ebrios, en servicio, serán castigados con una multa de cinco pesos moneda nacional, que se hará efectiva por medio de la empresa”.
“Es prohibido a los pasajeros y conductores del tramways proferir palabras indecorosas. Los conductores de tramways quedan encargados de amonestar o expulsar al pasajero que hubiese faltado al decoro que merece el público”.
“Los carruajes de tramways podrán conducir los pasajeros según la clasificación siguiente: jardineras de ocho bancos, 35 pasajeros; jardineras de diete bancos, 30 pasajeros; carruajes cerrados, 30 pasajeros. En la plataforma trasera de los carruajes cerrados no podrán ir más de seis pasajeros, siendo absolutamente prohibido llevar personas en los estribos de las jardineras. El precio del pasaje convenido entre las empresas y la Municipalidad regirá hasta las doce de la noche, pudiendo las empresas aumentarlo al doble, después de esa hora”.
“En los carruajes de pasajeros, con excepción de la plataforma anterior, es prohibido llevar como varga bultos, animales vivos, materias pestilentes o inflamables. Solo se permitirán bultos pequeños que pueda conducir cada pasajero sin estorbar o incomodar a los demás”.
“Desde la oración y durante toda la noche, los vagones en circulación llevarán faroles de colores colocados de manera que sean visibles de adelante y de los contados. Queda prohibido el uso de faroles de colores para otra clase de vehículos, en las calles donde circulen los tramways”.
“El conductor de cada tramway deberá hacer sonar una corneta, desde quince metros antes de llegar a la bocacalles, siendo responsable por cualquier daño que ocurra en caso que no lo efectuase. Todo coche de tramway que lleve completo el número de pasajeros que le corresponda, le indicará con una tablilla en paraje visible, con la palabra completo”.
“Desde el 15 de mayo hasta el 1° de septiembre las compañías de tramways no podrán hacer circular coches jardineras por sus vías; siéndoles permitido hacerlo, previo permiso de la intendencia, los días domingos y feriados, hasta las seis de la tarde”.
Los personajes propios de tranway de caballos pertenecen ya a una entrañable fabula porteña del ayer. El cochero que conducía el armatoste, el mayoral que hacía de guarda y cobraba los boletos, previa entrega del pasajero de la ficha que debía adquirir en la administración (curiosa ficha que comenzó siendo de metal y terminó fabricada en una especie de cauchout): el cornetero, que a una distancia de media cuadra anunciaba el para algunos temible paso del ruidoso tranway.
El cornetín del tranvía de caballo convocaban a sirvientas y planchadoras, que asomaban a la puerta, a esa especie de llamado de una compadrona milonga, hecha implícita declaración amorosa…
Leon Benarós – El Diario Íntimo de un País – La Nación